La rebaja gradual de jornada
La reducción de la jornada ordinaria semanal se aplica por etapas.
| Etapa | Jornada ordinaria semanal | Desde |
|---|---|---|
| Primera | 44 horas | abril de 2024 |
| Segunda — vigente | 42 horas | abril de 2026 |
| Tercera | 40 horas | abril de 2028 |
Valor de la hora y jornada parcial
Cómo se obtiene el valor de la hora ordinaria
El procedimiento habitual consiste en multiplicar el sueldo mensual por 28 y dividir el resultado por el número de días del período de pago multiplicado por la jornada semanal pactada. En una jornada estándar, esto entrega el valor de la hora ordinaria sobre la que se aplican los recargos.
Horas extraordinarias
Las horas trabajadas sobre la jornada ordinaria se pagan con un recargo mínimo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria. Deben pactarse por escrito y responder a necesidades o situaciones temporales de la empresa.
Jornada parcial y mínimo proporcional
En contratos de jornada parcial el ingreso mínimo se paga en proporción a las horas pactadas. Con el IMM vigente y una jornada ordinaria de 42 horas, la referencia queda así:
| Jornada semanal | Proporción | Mínimo mensual de referencia |
|---|---|---|
| 42 horas | 100% | $553.553 |
| 30 horas | 71,4% | $395.395 |
| 21 horas | 50% | $276.777 |
| 15 horas | 35,7% | $197.697 |
Montos calculados de forma proporcional y con fines referenciales.