El tope, en pesos de hoy
Con un ingreso mínimo mensual de $553.553 vigente desde el 1 de mayo de 2026.
| Concepto | Fórmula | Monto |
|---|---|---|
| Tope anual de gratificación | 4,75 × IMM | $2.629.376 |
| Tope mensual (pago prorrateado) | (4,75 × IMM) ÷ 12 | $219.114 |
| Referencia: ingreso mínimo mensual | — | $553.553 |
Las dos formas de pagarla
Reparto de utilidades
El empleador distribuye entre sus trabajadores una proporción de las utilidades líquidas del ejercicio, en proporción a lo devengado por cada uno durante el año. Es la modalidad general.
Pago con tope
Alternativamente, el empleador puede abonar una proporción de lo devengado en el ejercicio por concepto de remuneraciones, con un límite máximo equivalente a 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. Es la modalidad más frecuente en la práctica, y la razón por la que en tantas liquidaciones aparece una línea de gratificación por un monto fijo mensual.
Prorrateo mensual
Cuando la gratificación se paga con tope, es habitual dividirla en doce y abonarla mes a mes. De ahí sale el valor mensual de la tabla anterior.
Preguntas que se repiten
¿La gratificación cuenta para completar el ingreso mínimo?
No. La verificación del mínimo legal se hace sobre el sueldo base por jornada ordinaria. La gratificación es un beneficio adicional que se calcula a partir de las remuneraciones, no un componente que sirva para alcanzar el piso.
¿Es imponible?
Sí. La gratificación tiene carácter remuneracional y, como tal, forma parte de la base sobre la que se calculan las cotizaciones previsionales y de salud.
¿Qué pasa si trabajé solo parte del año?
El beneficio se calcula en proporción al tiempo efectivamente trabajado durante el ejercicio comercial respectivo.
¿Puede pactarse una gratificación mayor?
Sí. El tope legal es un mínimo garantizado, no un máximo contractual: por contrato individual o colectivo puede acordarse un beneficio superior.